Fons Europeus Next Generation EU: Ajudes subjectes a aprovació d'organismes públics conforme a les condicions generals definides en les bases reguladores i les específiques de cada convocatòria publicada pel Ministeri d'Economia i Red.es. Per a més informació i detalls sobre les solucions digitals ofertes per Orange, truca al 900 900 495 o consulta la pàgina: https://www.orange.es/empresas/fondos-europeos-next-generation. Si desitges que et contactem, facilita'ns les teves dades en el formulari de contacte d'aquesta pàgina. Només és subvencionable l'import del servei, fins a un màxim de 12.000€ (empreses de 10 a 49 empleats), 6.000€ (empreses de 3 a 9 empleats), o 2.000€ (autònoms i empreses de 0 a 2 empleados), a aquells clients als qui se'ls hagi concedit la subvenció del Programa Kit Digital i contractin el servei en els terminis i subjecte a les condicions recollides en les bases reguladores d'aquest Programa i en la convocatòria que correspongui. Impostos indirectes i altres costos no subvencionats. Consulta condicions de cada solució, preus i import subvencionable amb el teu assessor comercial.
Orange Web Empreses: servei de creació, allotjament i manteniment de lloc web segur (certificat SSL, 1 domini i 1 compte d'email), amb fins a 10 pàgines web SEO friendly. Renovació situat web subvencionable només si hi ha millora funcional.
Orange Ecommerce Empreses: botiga en línia amb càrrega inicial d'un màxim de 100 productes, amb eines de màrqueting, carret de la compra i funcionalitat de seguiment de comandes. No inclou integració amb altres serveis de tercers, mètodes de pagament diferents, etc.
Orange Xarxes Socials Empresa: gestió d'1 perfil en Facebook i Instagram, Twitter, Google My Business o LinkedIn, incloent-hi definició de pla estratègic i calendari de publicacions, selecció de continguts, màx. 4 publicacions mensuals, i reports mensuals de seguiment.
Orange Ciberseguretat: protecció enfront de virus, malware, ransomware, spam, phishing, segons oferta. No es garanteix protecció absoluta enfront de tota mena d'atac (només aquells ja identificats i per als quals s'ofereixi protecció).
Orange Gestió Empresarial: funcionalitats de gestió de compres, vendes, magatzem, tresoreria, comptabilitat i facturació electrònica.
Orange Gestió de Clients: funcionalitats de gestió de clients i d'accions comercials, segons oferta.
Orange Oficina Virtual: eines ofimàtiques de productivitat i col·laboració en remot, per al nombre de dispositius i en els termes de llicència del proveïdor del software (Microsoft o Google).
Orange Data Analytics Empresa: eina d'analítica, modelatge, visualització, governança i administració de dades, així com configuració inicial, formació i suport, segons oferta.
Orange Marketplace: anàlisi de competidors, així com la definició de l'estratègia al Marketplace seleccionat, incloent-hi la càrrega de fins a 10 referències en aquest Marketplace. No inclou els costos que el Marketplace pugui cobrar en qualsevol concepte (quota d'alta, mensual, càrrega de productes, comissions de venda…).
Orange Posicionament Avançat: inclou el servei de presència en internet, així com el posicionament de 2 keywords en la web del client, mitjançant l'adaptació o inclusió de 2 pàgines de contingut addicional. Amb caràcter previ a la contractació, el client haurà de facilitar a Orange l'accés al seu web, a fi que aquesta pugui realitzar una anàlisi d'idoneïtat per verificar que la web del client és apta per a aquest servei.
Orange Facturació Electrònica: inclou funcionalitats d'emissió i gestió de factures, incloent-hi la generació de fitxers per a l'enviament de remeses a bancs i la integració amb les eines indicades a cada moment.
Promoció vàlida del 7 al 30 novembre de 2022, que consisteix en un cupó regal de 10€ per a totes aquelles persones que: i) accedeixin a la revista digital Orange i en veure una creativitat sobre aquest tema (un bàner), hagin clicat sobre ell i s'hagin registrat indicant el seu nom i cognoms, núm. telèfon mòbil i correu electrònic ii) se'ls hagi enviat un SMS al mòbil indicat com de contacte amb un codi alfanumèric i iii) s'hagin dirigit a qualsevol botiga Orange del territori nacional per bescanviar aquest codi general generar-se un cupó descompte per import de 10€, que es podrà utilitzar per adquirir qualsevol producte compatible amb aquesta promoció, en concret: smartphones, objectes connectats o accessoris sempre que estiguin disponibles en l'estoc d'Orange i en aquesta botiga en concret i s'adquireixin mitjançant un dels següents actes comercials: altes, portabilitats, renoves o migracions, amb qualsevol de les tarifes Orange, tant del segment residencial com empreses (d'ara endavant el client). El client haurà d'anar a la botiga Orange a bescanviar el codi pel cupó descompte i adquirir un dels productes ja indicats com a compatibles, abans del 30 de novembre de 2022, data de caducitat de l'acció o no podrà canviar el seu codi, ni gaudir del ja esmentat descompte.
Orange comprovarà que el client ha realitzat l'acte comercial i ha adquirit smartphone, objecte connectat o accessori, abans de bescanviar el codi pel cupó. El codi és únic per client i està limitat a 400 codis en total. Aquests codis només es podran utilitzar de manera total o parcial en un màxim de 3 compres en botiga (en funció del valor de l'adquirit). Promoció aplicable una única vegada per client, per NIF de contractació. Més informació a la teva Botiga Orange. Promoció incompatible amb la promoció Compramos Tu Móvil.
Ens posarem en contacte amb tu per oferir-te una oferta personalitzada.
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA YÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Madrid, a 4 de julio de 2022
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PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA YÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Madrid, a 4 de julio de 2022
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PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA YÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Madrid, a 4 de julio de 2022
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA YÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Madrid, a 4 de julio de 2022