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Lege-baldintzak
Zeharkako zergak sartu gabe. Go Empresa tarifek partekatzen dituzten ezaugarriak. 5G+ mugikorreko tarifak soilik, minutu nazional mugagabeekin. Kanpo geratzen da tarifikazio berezi edo osagarriko, zenbaki labur, SMS Premium, MMS, nazioarteko trafiko (Go Empresa Ilimitado 2 planerako adierazitakoa ezik), eta EEEtik kanpoko roaming trafikoko (tarifak www.orange.es-en ikusgai) zenbakietarako trafiko guztia. Prezio horiek ez dute balio deiak eraldatzeko edo bihurtzeko, trafikoa birbideratzea barne. Go Empresa Flex tarifa: Datu mugikor nazionalen eta roamingaren hileko 12GBak barne hartzen ditu, eta baita sei hileko 48GBko Flex bonua ere, 1,6 Gbps-ko abiadurara arte, 6 hilabetero berritu daitekeena. Flex bonuaren GBak edozein unetan erabili ahal izango dira indarraldiko 6 hilabeteetan. Ez dira metatzen aldi bakoitzaren indarraldian kontsumitu ez diren GBak. Bonuko GBak bukatutakoan, MásMegas Multi aplikatuko da: 1,65€ 100 MB-eko tramu bakoitzeko; gehienez 30 tramu gehigarri fakturazio ziklo bakoitzeko; nahi denean desaktibatu daiteke, eta goian adierazitako GB-ak kontsumitzen direnean, nabigazio-abiadura 16kbps-ra jaitsiko da eta roaming GB-ak 1,3€/GB-ra fakturatuko dira. Tarifa ez da bateragarria finkoa mugikorrean zerbitzuarekin ezta linea gehigarriekin ere (Go Empresa Flex tarifa bat kontratatu behar da linea bakoitzeko). Go Empresa Ilimitada + tarifa. 1 linea mugikor barne, estatuko datu mugagabeekin, 1,6 Gbps-rainoko abiaduran nabigatzeko, helburu pribatibo, arrazoizko eta ez-komertzialetarako, tarifaren lineetan, tarifari lotutako linea gehigarriak barne. EEE barruan roamingean erabiltzeko datu partekatuen 45 GB barne. Bonuan sartzen diren roamingeko GBak gainditutakoan, prezioa 1,3€/GB izango da. Bateragarria Tarifa Go Empresa Ilimitada 2 tarifako linea mugikor gehigarriekin. 2 linea mugikor barne, estatuko datu mugagabeen bonuarekin, 1,6 Gbps-rainoko abiaduran nabigatzeko, helburu pribatibo, arrazoizko eta ez-komertzialetarako, tarifaren lineetan, tarifari lotutako linea gehigarriak barne. EEE barruan roamingean erabiltzeko datu partekatuen 100 GB barne. Bonuan sartzen diren roamingeko GBak gainditutakoan, prezioa 1,3€/GB izango da. 200 min/hilab. barne 50 herrialde baino gehiagotako finkoetara eta mugikorretarako deientzat (herrialdeen zerrendari buruzko info gehiago www.orange.es gunean).
EMPRESA ONURA LEHENETSIAK
Pro 600 Mbps Zuntza + Deiak + Orange TV 90 kanal eta futbol guztia, 1 Gbps Zuntza + Deiak + Orange TV 90 kanal eta 1 Gbps Zuntza + Deiak + Orange TV 90 kanal eta futbol guztia planek Orange gailuen Empresa Cloud eta Protección de Dispositivos izango dute lehenetsita. Go Empresa Ilimitado 2 tarifako bezero guztiek izango dituzte, lehenespenez, Enpresentzako Legalitas Orange, Negozioen Babes Juridiko eta Ordezko Mugikorra onurak aukeratu ahal izango dituzte (informazio gehiago Go Empresa tarifen orrian). Negocio Base Plus tarifa duten bezeroek TV 90 kanal baino gehiagorekin onura aukeratu ahal izango dute: erabilera pribatiborako eta etxerako bakarrik erabilgarri. Debekatuta dago honen erabilera komertziala eta/edo komunikazio publikoa. Ez dago eskuragarri kafetegiak, tabernak, jatetxeak edo hotelak (Horeca) bezeroentzat, ezta apustu-etxe edo antzerako lokal publikoentzat. Edukien hornitzaileek zehaztutako baldintzen arabera, edukiak alda daitezke. Negocio Extra tarifen bezeroek lehenespenez Empresa Legálitas Protección Jurídica Negocios Orange, eta Cloud eta Protección de Dispositivos Orange onurak izango dituzte. Negocio Extra 10 y 20 líneas tarifen bezeroek, gainera, Arreta Pertsonalizatu Preferentea ere dute. Legálitas Protección Jurídica Negocios Orange: arreta juridikoko zerbitzua, lege-kontsultak, ordaindu gabekoak berreskuratzea eta abisua, eta laguntzak zien diru-laguntzak eta evaluador de compliance izapidetzea, 778€/urtean baloratua, 2026ko martxoaren 31ra arte erabilgarri. Informazio gehiago: https://www.legalitas.com/negocios-orange. Cloud eta Protección de Dispositivos: Barnean hartzen ditu hodeiko fitxategien biltegiratze mugagabea, antibirusa (fabrikatzailearen lizentzia-baldintzen araberakoa) eta 24x7 euskarri teknologikoa. Orangeren Ciber Protección (Sare mugikorra): Gailu mugikorretatik Interneten nabigatzea denbora errealean babesteko zerbitzua, malware eta phishing mehatxuetatik babesteko tresnak eskaintzen ditu, eta identitatea ordeztea, produktu generalista bati dagozkionak. Ez du bermatzen babes absolutua. Enpresentzako arreta esklusiboa: Enpresako bezeroentzako telefono-zerbitzu esklusiboa, lehen deian arazo ez-masiboak konpontzeko kontratuz kanpoko helburua duena, edo esku hartu behar bada, 12 ordu balioduneko epean. Atención Personalizada Preferente: Arreta esklusiboaz gain, Love Empresa Crece 10 eskaintzaren bezeroak 1471 zenbakira deituz gero, enpresentzako plataforma espezializatuko agente batek artatuko ditu zuzenean, lokuzio automatikotik igaro gabe, eta Love Empresa Crece 20 eskaintzaren bezeroak 1471 zenbakira deituz gero astelehenetik ostiralerako lanorduetan, haien Agente Pertsonalak zuzenean artatuko ditu. Promoción Router Livebox WiFi 7: Negocio Tarifa kontratatzean, Livebox WiFi 7 router bat lagako da ezer gehiago ordaindu gabe erabiltzeko, 12 hilabeteko iraupenarekin. Bezeroak Orangeri routerra egoera onean itzuli beharko dio (denborarengatik izandako higadura normala salbu), zerbitzua bukatutakoan edo edozein arrazoirengatik abiadura areagotzean baja ematean, edo 82,60€-ra arteko isuna ordaindu beharko da. Iraunkortasun epea beteko ez balitz, gehienezko 160€-ko isuna ordaindu beharko du bezeroak.
AUKERA DAITEZKEEN ENPRESA ONURAK
Negocio Extra 1 línea tarifa duten bezeroek onura (1) aukeratu ahal izango dute, Negocio Extra 3 líneas tarifa duten bezeroek 3 bi (2) onura aukeratu ahal izango dute, eta Negocio Extra 5, 10 eta 20 líneas tarifak dituztenek, aldiz, hiru (3) onura aukeratu ahal izango dituzte. Onurak une bakoitzean eskuragarri daudenen gainean aukeratuko dira. Onurak: % 50eko deskontua Presencia Digital-en: Web plataforma nagusietan (Google, Facebook, Twitter, LinkedIn, Instagram…), mapetan eta direktorioetan bezeroaren negozioaren edo jardueraren presentziari buruzko diagnostiko bat eta kontrol bakarreko panel bat ditu, zeinetatik bezeroak kontaktu-informazio bera plataforma anitzetan zabal dezakeen, BeeDigital AI, S.A.U.-ren berezko tresnak erabiliz egina, eta bera da emaitzen erantzule. Sare sozialak kudeatzeko inteligentzia artifizialeko erreminta barne hartzen du. % 50eko deskontua Microsoft 365 Empresa Lizentzia Estandarrean: zeharkako zergak kanpo. 1 lizentzia Microsoft 365 instalatu eta erabiltzeko barne, gehienez 5 PC-tan edo Mac-etan, 5 smartphonetan eta 5 tabletatan, TB bat (1) hodeian biltegiratzeko eta helbideratzeko 50 GBeko helbide elektronikoko kontu bat (1). Microsoften lizentziaren baldintzen terminoak eta baldintzak onartu behar dira, eskuragarri hemen: https://www.microsoft.com/licensing/docs/customeragreement. Zerbitzua bukatutakoan, Microsoft hodeian biltegiratutako fitxategi guztiak ezabatuko dira. Lizentzia gehigarriak eskuratzeko, une bakoitzean aplikatzen diren kuotak ordaindu beharko dira www.orange.es webgunean eskuragarri daudenak. % 50eko deskontua faktura elektronikoan: fakturak jaulkitzeko eta kudeatzeko funtzionalitateak ditu, bankuei igorpenak bidaltzeko fitxategiak sortzea eta adierazitako tresnak une bakoitzean integratzea barne. Billage lizentziaren terminoen arabera. % 100eko deskontua Zuntzaren Back-Upean: lehen unetik nabigatzeko aukera ematen dizun Zuntzaren zerbitzu osagarria: zuntza instalatzeko zain egon gabe eta kostu gehigarririk gabe, 400 GB izango dituzu 30 egunez, abiadura maximoan nabigatzeko zuntza instalatu arte, eta, gorabehera teknikoren bat izanez gero, abiadura maximoan nabigatzen jarraitzeko. % 100eko deskontua Lehen linea mugikor gehigarrian: Negocio Extra 10 y 20 líneas tarifentzat bakarrik eskuragarri. Linea mugikor gehigarria bezeroak tarifaren izeneko linea mugikorren kopurua gainditzen duenean. % 100eko deskontua TV 90 kanalekin, Primerekin, edo Disney+-ekin. Orangeren 90 kanal baino gehiagoko telebista oinarrizko planetan aurretik adierazitako ikus-entzunezko edukiak transmititzeko zerbitzuetako batean (1). Gune pribatuetara mugatua, erabilera pribaturako eta etxerako. Debekatuta dago honen erabilera komertziala eta/edo komunikazio publikoa. Ez dago eskuragarri kafetegiak, tabernak, jatetxeak edo hotelak (Horeca) bezeroentzat, ezta apustu-etxe edo antzerako lokal publikoentzat. Edukien hornitzaileek zehaztutako baldintzen arabera, edukiak alda daitezke. Onuretan barne datozen planak: Iragarkirik gabeko Prime Video plana. Disney+ Plan Estandarra iragarkiekin, Full HD kalitatekoa eta 2 gailurekin bateragarria. Hirugarrenen harpidetza zerbitzuak atzitzeko eta erabiltzeko (Amazon Prime, Disney+) hornitzaile horiek aplikatuko dituzten politikak eta baldintzak
onartu behar dira, eta baliteke zerbitzu horietan erabiltzaile gisa alta eman behar izatea. Bezeroak % 100eko deskontuari lotutako onura bakarra izan ahal izango du telebistan, aipatutako transmisio-zerbitzuetako batekin.
NAZIOARTEKOA
Zeharkako zergak sartu gabe. Roaming Plus tarifa lehenetsia: Datu mugikorren 2 GB 7,44€-an edo 20 dei-minutu 0,83€-an, 24 orduz eskuragarri lehen datuekiko lehen konexiotik edo deiak roamingean Helmugak Plus-en. GB edo minutuak gaindituz gero eta erabiltzen jarraituz gero, tarte berri bakoitzagatik tarifatuko da. Helmugak Plus: Albania, Andorra, Saudi Arabia, Argentina, Bielorrusia, Bosnia, Brasil, Kanada, Txile, Txina (Hong Kong barne), Kolonbia, Hego Korea, Costa Rica, Ekuador, Egipto, El Salvador, Arabiar Emirerri Batuak, Estatu Batuak, Filipinak, Georgia, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Israel, Japonia, Jordania, Kenya, Mazedonia, Maroko, Mexiko, Moldavia, Monako, Montenegro, Nikaragua, Oman, Paraguai, Peru, Puerto Rico, Erresuma Batua, Dominikar Errepublika, Senegal, Serbia, Suitza, Hegoafrika, Turkia, Ukraina eta Vietnam. Beste helmuga batzuetara deitzeko, kontsultatu prezioak www.orange.es webgunean. Roaming Plus asteko bonua: 20 GB datu, bonua aktibatu ondoren datuekiko lehen konexiotik gehienez 7 eguneko epean erabili beharrekoak. Ez da sartzen ahots-minuturik. Bonuaren GBak kontsumitu ondoren, tarifa lehenetsia aplikatuko da (bonua ez da automatikoki berritzen).
Legal Cupón regalo 10€ revista digital. Enero 2023
Promoción válida del 7 al 30 noviembre de 2022, consistente en un cupón regalo de 10€ para todas aquellas personas que: i) accedan a la revista digital Orange y al ver una creatividad al respecto (un banner), hayan clicado sobre él y se hayan registrado indicando su nombre y apellidos, nº teléfono móvil y correo electrónico ii) se les haya enviado un SMS al móvil indicado como de contacto con un código alfanumérico y iii) se hayan dirigido a cualquier tienda Orange del territorio nacional, para canjear dicho código general generarse un cupón descuento por importe de 10€, que se podrá usar para adquirir cualquier producto compatible con esta promoción, en concreto: smartphones, objetos conectados o accesorios siempre que estén disponibles en el stock de Orange y en dicha tienda en concreto y se adquieran mediante uno de los siguientes actos comerciales: altas, portabilidades, renoves o migraciones, con cualquiera de las tarifas Orange tanto del segmento residencial como empresas (en adelante el cliente). El cliente deberá ir a la tienda Orange a canjear el código por el cupón descuento y adquirir uno de los productos ya indicados como compatibles, antes del 30 de noviembre de 2022, fecha de caducidad de la acción o no podrá canjear su código, ni disfrutar del ya citado descuento.
Orange comprobará que el cliente ha realizado el acto comercial y ha adquirido algún smartphone, objeto conectado o accesorio, antes de canjear el código por el cupón. El código es único por cliente y está limitado a 400 códigos en total. Estos códigos sólo se podrán usar de forma total o parcial en un máximo de 3 compras en tienda (en función del valor de lo adquirido). Promoción aplicable una única vez por cliente, por NIF de contratación. Más información en tu Tienda Orange. Promoción incompatible con la promoción Compramos Tu Móvil.
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Lege-baldintzak
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.