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Condiciones legales
TARIFAS SOLO MÓVIL
Impuestos indirectos no incluidos. Características comunes tarifas Go Empresa. Tarifas sólo móvil 5G+ con minutos nacionales ilimitados. Queda excluido cualquier tráfico a números de tarificación especial o adicional, números cortos, SMS Premium, MMS, tráfico internacional (distinto al indicado para Go Empresa Ilimitada 2), y tráfico en roaming fuera del EEE (tarifas disponibles en www.orange.es). Precios no válidos para transformación o conversión de llamadas, incluido redireccionamiento del tráfico.
Tarifa Go Empresa Flex: Incluye 12GB mensuales de datos móviles nacionales y en roaming, y un bono Flex semestral de 48GB, con una velocidad de hasta 1,6 Gbps, renovable cada 6 meses. Los GB del bono Flex podrán utilizarse en cualquier momento durante sus 6 meses de vigencia. No se acumulan para períodos sucesivos los GBs no consumidos durante la vigencia de cada uno de ellos. Una vez superados los GB en el bono, se aplicará MásMegas Multi: 1,65€ por cada tramo de 100 MB; máx. 30 tramos adicionales por ciclo de facturación; puede desactivarse en cualquier momento, y consumidos los GB indicados arriba, la velocidad de navegación bajará a 16kbps y los GB en roaming se facturarán a 1,3€/GB. Tarifa no compatible con el servicio fijo en el móvil ni con líneas adicionales (se debe contratar una tarifa Go Empresa Flex para cada línea). Tarifa Go Empresa Ilimitada +. Incluye 1 línea móvil, con datos nacionales ilimitados, para navegar a una velocidad de hasta 1,6 Gbps, para fines privativos, razonables y no comerciales. Incluye 45GB de datos compartidos para utilizar en roaming dentro del EEE. Una vez superados los GB en roaming incluidos en el bono, el precio es de 1,55€/GB hasta el 31/12/2024, y a 1,3€/GB a partir del 1/1/2025. Compatible con líneas móviles adicionales Tarifa Go Empresa Ilimitada 2. Incluye 2 líneas móviles, con bono de datos nacionales ilimitados, para navegar a una velocidad de hasta 1,6 Gbps, para fines privativos, razonables y no comerciales, en las líneas de la tarifa, incluyendo líneas adicionales asociadas a ésta. Incluye 100GB de datos compartidos para utilizar en roaming dentro del EEE. Una vez superados los GB en roaming incluidos en el bono, el precio es de 1,3€/GB. Incluye 200 min/mes en llamadas a fijos y móviles de más de 50 países (más info sobre listado de países en www.orange.es).
BENEFICIOS EMPRESA POR DEFECTO
Todos los clientes de tarifas Fibra Pro 600 Mbps + llamadas, Fibra 1 Gbps + Llamadas + Orange TV 90 Canales y Fibra 1 Gbps + Llamadas + Orange TV 90 canales y todo el fútbol, podrán disfrutar por defecto del Beneficio Empresa Cloud y Protección de Dispositivos Orange. Todos los clientes de tarifas Go Empresa Ilimitado 2 podrán disfrutar por defecto de los Beneficios Empresa Legálitas Protección Jurídica Negocios Orange y Móvil de Sustitución (más info en la página de las tarifas Go Empresa). Los clientes con tarifa Negocio Base Plus podrán disfrutar del beneficio de TV con más de 90 canales: solo disponible para su uso privativo y residencial, restringido a espacios privados, quedando prohibido su uso comercial y/o su comunicación pública. No disponible para clientes que sean cafeterías, bares, restaurantes u hoteles (Horeca), ni para locales de apuestas o locales públicos similares. Contenidos susceptibles de modificación en función de las condiciones fijadas por los proveedores de dichos contenidos. Los clientes de las tarifas Negocio Extra podrán disfrutar por defecto de los Beneficios Empresa Legálitas Protección Jurídica Negocios Orange, y Cloud y Protección de Dispositivos Orange. Los clientes de las tarifas Negocio Extra 10 y 20 líneas, además, de Atención Personalizada Preferente. Legálitas Protección Jurídica Negocios Orange: servicio de asistencia jurídica, consultas legales, recuperación de impagados, aviso y tramitación de ayudas y subvenciones y evaluador de compliance, valorado en 778€/año, disponible hasta el 31 de marzo de 2026. Más info en https://www.legalitas.com/negocios-orange. Cloud y Protección de Dispositivos: Incluye almacenamiento ilimitado de archivos en la nube, antivirus (sujeto a las condiciones de licencia del fabricante), y soporte tecnológico 24x7. Ciber Protección (Red Móvil) de Orange: Servicio de protección en tiempo real de la navegación en internet desde dispositivos móviles, ofrece herramientas de protección frente a amenazas de malware y phishing, y suplantación de identidad, propias de un producto generalista. No garantiza protección absoluta. Atención Exclusiva Empresas: Servicio telefónico exclusivo para clientes empresa, con objetivo no contractual de resolución de incidencias no masivas en la primera llamada, o si requiere intervención, en menos de 12 horas hábiles. Atención Personalizada Preferente: Además de la atención exclusiva, los clientes de Love Empresa Crece 10 que llamen al 1471 serán atendidos directamente por un agente de la plataforma especializada para empresas, sin pasar por locución automática, y los clientes de Love Empresa Crece 20 que llamen al 1471 en horario laborable de lunes a viernes serán atendidos directamente por su Agente Personal. Promoción Router Livebox WiFi 7: contratando una Tarifa Negocio, se entregará al cliente un router Livebox WiFi 7 en cesión de uso sin coste adicional, sujeto a permanencia de 12 meses, debiendo el cliente devolver a Orange el router en buenas condiciones (salvo por el desgaste natural por el paso del tiempo), a la finalización o baja del servicio de incremento de velocidad por cualquier causa, o en caso contrario, se le cobrará una cantidad de hasta 82,60€. En caso de incumplimiento de la permanencia, el cliente deberá abonar una penalización máxima de 160€. Incompatible con Centralita.
BENEFICIOS EMPRESA ELEGIBLES
Los clientes con la tarifa Negocio Extra 1 línea, pueden disfrutar de un (1) beneficio elegible, los clientes de la tarifa Negocio Extra 3 líneas, pueden disfrutar de dos (2) beneficios elegibles, los clientes de la tarifa Negocio Extra 5, 10 y 20 líneas, pueden disfrutar de tres (3) beneficios elegibles. Los beneficios a serán a escoger sobre los que se disponen en cada momento. Beneficios: 50% descuento Presencia Digital: Incluye un diagnóstico de la presencia del negocio o actividad del cliente en las principales plataformas web (Google, Facebook, Twitter, LinkedIn, Instagram…), mapas y directorios, y panel de control único desde el cual el cliente puede expandir la misma información de contacto en múltiples plataformas, realizado utilizando las herramientas propias de BeeDigital AI, S.A.U., siendo ésta responsable por los resultados del mismo. Incluye herramienta de inteligencia artificial para la gestión de redes sociales. 50% descuento en 1 Licencia Microsoft 365 Empresa Estándar: impuestos indirectos no incluidos. Incluye 1 licencia para instalar y usar las aplicaciones Microsoft 365 en un máximo de 5 PCs o Macs, 5 smartphones y 5 tablets, con un (1) TB de almacenamiento en la nube y 1 cuenta de correo con 50GB de almacenamiento. Sujeto a la aceptación de las términos y condiciones de licencia de
Microsoft disponibles en https://www.microsoft.com/licensing/docs/customeragreement. A la finalización del servicio se eliminarán todos los archivos almacenados en la nube de Microsoft. Las licencias adicionales estarán sujetas al pago de las cuotas aplicables en cada momento, disponibles en www.orange.es. 50% descuento en Factura Electrónica: incluye funcionalidades de emisión y gestión de facturas, incluyendo la generación de ficheros para el envío de remesas a bancos y la integración con las herramientas indicadas en cada momento. Sujeto a los términos de licencia de Billage. 100% descuento Back-Up de Fibra: servicio complementario a la Fibra que te permite navegar desde el primer momento: sin esperar la instalación de la fibra y sin coste adicional, podrás disfrutar de 400GB durante 30 días para navegar a máxima velocidad hasta que te instalen la fibra y continuar navegando a máxima velocidad en caso de incidencia técnica. 100% descuento Primera línea móvil Adicional: Solo disponible para las tarifas Negocio Extra 10 y 20 líneas. Línea móvil adicional cuando el cliente sobrepase el número de las líneas móviles del nombre de la tarifa. 100% descuento de TV de 90 canales con Prime, o con Disney+. Televisión con más de 90 canales de Orange con uno (1) de los servicios de transmisión de contenido audiovisual antes indicados en sus planes básicos. Restringido a espacios privados, para su uso privativo y residencial, quedando prohibido su uso comercial y/o su comunicación pública. No disponible para clientes que sean cafeterías, bares, restaurantes u hoteles (Horeca), ni para locales de apuestas o locales públicos similares. Contenidos susceptibles de modificación en función de las condiciones fijadas por los proveedores de dichos contenidos. Planes incluidos en los Beneficios: Plan Prime Video sin anuncios. Plan Estándar con anuncios de Disney+, con calidad Full HD y compatible con 2 dispositivos. El acceso y uso de los servicios de suscripción de terceros (Amazon Prime, Disney+) está sujeto a las políticas y condiciones aplicables por dichos proveedores, pudiendo requerir alta como usuario en dichos servicios. El cliente podrá disfrutar de un solo beneficio asociado al descuento del 100% en TV con uno de los servicios de transmisión mencionados.
INTERNACIONAL
Impuestos indirectos no incluidos. Tarifa por Defecto Roaming Plus: 2 GB de datos móviles por 7,44€, o 20 minutos de llamadas por 0,83€, disponibles durante 24 horas desde la primera conexión a datos o llamadas en roaming en Destinos Plus. En caso de superarse los GB o minutos, y continuar haciéndose uso de ellos, se tarificará por cada nuevo tramo. Destinos Plus: Albania, Andorra, Arabia Saudí, Argentina, Bielorrusia, Bosnia, Brasil, Canadá, Chile, China (incluido Hong Kong), Colombia, Corea Del Sur, Costa Rica, Ecuador, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes, Estados Unidos, Filipinas, Georgia, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Israel, Japón, Jordania, Kenia, Macedonia, Marruecos, Méjico, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Nicaragua, Omán, Paraguay, Perú, Puerto Rico, Reino Unido, República Dominicana, Senegal, Serbia, Suiza, Suráfrica, Turquía, Ucrania y Vietnam. Para llamadas a otros destinos distintos, consulte precios en www.orange.es. Bono Semanal Roaming Plus: 20 GB de datos a utilizar en un plazo máximo de 7 días desde primera conexión a datos tras activación del bono. No incluye minutos de voz. Una vez consumidos los GB del bono, se aplicará la tarifa por defecto (el bono no se renueva de manera automática).
Legal Cupón regalo 10€ revista digital. Enero 2023
Promoción válida del 7 al 30 noviembre de 2022, consistente en un cupón regalo de 10€ para todas aquellas personas que: i) accedan a la revista digital Orange y al ver una creatividad al respecto (un banner), hayan clicado sobre él y se hayan registrado indicando su nombre y apellidos, nº teléfono móvil y correo electrónico ii) se les haya enviado un SMS al móvil indicado como de contacto con un código alfanumérico y iii) se hayan dirigido a cualquier tienda Orange del territorio nacional, para canjear dicho código general generarse un cupón descuento por importe de 10€, que se podrá usar para adquirir cualquier producto compatible con esta promoción, en concreto: smartphones, objetos conectados o accesorios siempre que estén disponibles en el stock de Orange y en dicha tienda en concreto y se adquieran mediante uno de los siguientes actos comerciales: altas, portabilidades, renoves o migraciones, con cualquiera de las tarifas Orange tanto del segmento residencial como empresas (en adelante el cliente). El cliente deberá ir a la tienda Orange a canjear el código por el cupón descuento y adquirir uno de los productos ya indicados como compatibles, antes del 30 de noviembre de 2022, fecha de caducidad de la acción o no podrá canjear su código, ni disfrutar del ya citado descuento.
Orange comprobará que el cliente ha realizado el acto comercial y ha adquirido algún smartphone, objeto conectado o accesorio, antes de canjear el código por el cupón. El código es único por cliente y está limitado a 400 códigos en total. Estos códigos sólo se podrán usar de forma total o parcial en un máximo de 3 compras en tienda (en función del valor de lo adquirido). Promoción aplicable una única vez por cliente, por NIF de contratación. Más información en tu Tienda Orange. Promoción incompatible con la promoción Compramos Tu Móvil.
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Condiciones legales
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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Condiciones legales
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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Condiciones legales
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.