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Lege-baldintzak
Zeharkako zergak sartu gabe.
NEGOCIO TARIFAK
Negocio Tarifen ezaugarri komunak: Zerbitzu konbergentea: Zuntz optikoa barne, abiadura desberdinekin, kontratatutako tarifaren arabera. Negocio Base tarifak 600 Mbps-rainoko zuntz simetrikoa eskaintzen du. Negocio Base Plus, Negocio Extra 1 linea, Negocio Extra 3 linea eta Negocio Extra 5 linea tarifek 1 Gbps arteko zuntz simetrikoa dute. Negocio Extra 10 linea eta Negocio Extra 20 linea tarifek 2 Gbps / 1 Gbps-ko zuntz simetrikoa dute estaldura bateragarria duten eremuetan. Linea finko bat barne, nazio mailako dei mugagabeekin eta tarifak adierazten duen 5G+ linea mugikor kopuruarekin. Negocio Base tarifaren kasuan, linea bakarra izango da. Gainera, nazioko dei mugagabeak eta 200 minutu hilen eskaintzen ditu nazioarteko mugikorreko deietan 50 herrialde baino gehiagotan mugikorretara eta finkoetara. Nazioarteko deiak Negocio Extra tarifetan baino ez daude sartuta. Tarifatik kanpo geratzen dira tarifikazio berezi edo osagarriko, SMS Premium, MMS, nazioarteko trafiko (espresuki barne hartzen dena ezik eta EEEtik kanpoko roaming trafikoko (tarifak eta herrialdeak www.orange.es-en ikusgai) zenbakietarako trafiko guztiak. Zerbitzu mugikorrak estatuko datu mugagabeak hartzen ditu, 1Gbps-ra arteko nabigazio-abiaduran, arrazoizko erabilera pribatiboarekin eta xede komertzialik gabe. EEE roamingean 60GB/linea bonua barne (Negocio Base tarifak ezik, zeinak EEE roamingean 45 Gb-eko bonua duen); bonua agortutakoan edo tarifaren GBak agortutakoan, EEE roamingeko GBak 1,48€/GB prezioan fakturatuko dira (BEZa barne). Negocio Extra 10 y 20 líneas tarifek Centralita Negocio, gainera, 1 postu finko aurreratu eta DDI osagarriak ditu, gehiago ordaindu gabe (info gehiago: www.orange.es). 12 hilabeteko iraupen-konpromisoa tarifan, epekako salmenta-modalitatean gailua erosten denean izan ezik. Kasu horretan, 24 edo 48 hilabetekoa izango da tarifako eta terminaleko KPa, kuota-kopuruaren arabera (ez da aplikagarria KPrik gabeko epekako salmenta-modalitateko gailuen erosketetan, erosketa-dokumentuan berariaz hala adierazten bada) edo 24 hilabetekoa Centralita Negocio produktua aktibatu bada. 48 kuotatan geroratutako ordainketa duten eskaintza guztiak 24 hilabeterako modalitatean ere eskuragarri daude. Negocio Base Tarifa: Nazioko dei mugagabeak barne (aurretik adierazitako mugekin) eta datu mugagabeak barne, 100 GB 1 Gbps-ra arteko abiadurarekin lotutako linea mugikorrarentzat, erabilera pribatuarekin, arrazoizkoa eta xede komertzialik gabe; ondoren, abiadura 2 Mbps-ra murriztuko da. Gainera, 45 Gb-eko bonua EEE roamingean, eta 600 Mbps-ra arteko zuntz simetrikoa. Tarifa hori gehienez 2 linea mugikorretara mugatzen da. Negocio Base Plus Tarifa: Nazioko dei mugagabeak barne (aurretik adierazitako mugekin) eta nazioko datu mugikor mugagabeak barne, 1 Gbps-ra arteko abiadurarekin lotutako linea mugikorrarentzat, erabilera pribatuarekin, arrazoizkoa eta xede komertzialik gabe. Gainera, 45 Gb-eko bonu bat EEE roamingean eta Orangeren TV 2 kanal. 1 Gbp-ko zuntz simetrikoa ere badu. Tarifa horrek ez du mugarik linea mugikorren kopuruan. Negocio Extra 1, 3 y 5 líneas tarifak: Nazioko dei mugagabeak barne (aurretik adierazitako mugekin) eta nazioko datu mugikor mugagabeak barne, 1 Gbps-ra arteko abiadurarekin lotutako linea mugikor bakoitzarentzat, erabilera pribatuarekin, arrazoizkoa eta xede komertzialik gabe. Gainera, 60 GB-eko bonu bat EEE roamingean eta 200 minutu/linea mugikor hilean nazioarteko mugikorretik finko eta mugikorretarako deietan 50 herrialde baino gehiagotan. Gainera, 1 Gbps-ra arteko zuntza barne hartzen ditu. Tarifa horiek ez dute mugarik linea mugikorren kopuruan. Negocio Extra 10 y 20 líneas tarifak: Nazioko dei mugagabeak barne (aurretik adierazitako mugekin) eta nazioko datu mugikor mugagabeak barne, 1 Gbps-ra arteko abiadurarekin lotutako linea mugikorrarentzat, erabilera pribatuarekin, arrazoizkoa eta xede komertzialik gabe. Gainera, 60 GB-eko bonu bat EEE roamingean eta 200 minutu/linea mugikorreko hilean nazioarteko mugikorretara eta finkoetarako deietan 50 herrialde baino gehiagotan. 2 Gbps/1 Gbps-ko zuntz
asimetrikoa ere barne. Tarifa horiek ez dute mugarik linea mugikorren kopuruan. Negocio Extra Tarifek, gainera, 1.000 min/hilabeteko bonua hartzen dute barne 50 herrialdera arteko finkotik finkorako deientzat, zenbaki mugikorretara eta tarifa berezia edo osagarria duten herrialdeetako zenbakietara ezik (info+ “nazioarteko deiak” bonuan sartzen diren herrialdeen eta kanpo geratzen diren tarteen inguruan www.orange.es webgunean).
ORANGE INFINITY ZUNTZA
Orange Infinity Zuntza: 10 Gbp arteko zuntza estaldura dagoen eremuetan, beherago zehazten denaren arabera. Teknologia honen abantailez gozatzeko, Bezeroak PC izan behar du 10GbEth sareko txartelarekin eta RJ45 cat. 6A kable bidezko konexioarekin. Abiadura maximoa: gutxi gorabehera 8 Gbps (konektatutako gailu guztien artean partekatzekoa), eta gainerako 2 Gbps-ak zerbitzua nazioarteko protokoloen arabera bermatzeko erabiliko dira. Videostreaming 4K erabilgarri edukien hornitzaileak kalitate horretan hornitzen badu bakarrik. Ikus Orange Infinity Zuntza duten hiriak www.orange.es gunean edo zure saltokian. Negocio Tarifa guztientzat eskuragarri.
LINEA GEHIGARRIAK
Negocio linea mugikor osagarriak: Negocio, Negocio Base eta Negocio Base Plus tarifekin bateragarriak. Negocio Sin Límites linea mugikorra, zeinak ahots-trafikoko ezaugarri berberak dituen, eta tarifari lotutako linea mugikorrak datuak, eta Negocio 250 min linea mugikorra, zeinak nazioko datu mugagabeak eta 250 minutu nazioko deiak hartzen dituen, aurretik azaldutako salbuespenekin Smartphone Negocio linea gehigarriak. Bateragarriak dira Negocio Extra tarifekin, Línea Smartphone Negocio Sin Límites tarifa barne, eta tarifa bakoitzari lotutako linea mugikorren ezaugarri berberak dituzte, eta Línea Smartphone Negocio 250 min, nazioko datu mugagabeekin eta 250 minutu nazioko deientzat, aurretik azaldutako salbuespenekin. Linea Osagarriaren oinarrizko kuotaren sustapen prezioa 24 hilabetetan zehar: Negocio Pakete bati lotutako linea gehigarri batean alta ematen duten, eramaten duten edo aurrez ordaintzekotik migratzen duten bezeroei goian adierazitako sustapenaren prezioa aplikatuko zaie tarifaren oinarrizko kuotan, 24 hilabetez, zerbitzua aktibatzen denetik hasita, 1. fakturatik aurrera. Gero, 15€/hil. linea gehigarrientzat Love Negocio Base Plus eta Negocio Extra 1 línea tarifekin, 13€/hil. linea gehigarrientzat Negocio Extra 3, 5 edo 10 líneas tarifekin, 11€/hil. Love Negocio Extra 20 líneas tarifarekin. Bezeroko gehienez 3 linea osagarriri aplikatzeko sustapena Love Empresa paketeei lotutako linea osagarrietan. Multisede Zuntza: 600 Mbps edo 1 Gbps arteko zuntz simetrikoa, estalduraren arabera. Negocio tarifen linea finkoen ezaugarri berberak barne, nazioarteko minutuak ezik. Multisede zuntzarekin, bi Orange TV + futbol paketeetako bat kontrata daiteke indarrean den prezioan. Multisede Zuntzean sustapen-prezioa : 600 Mbps edo 1Gbps-ra arteko zuntzen linea osagarri berrientzat Negocio Extra paketeekin, goian adierazitako sustapen-prezioa aplikatuko da (linea-kuota prezioaren barne), 1. fakturatik hasita eta 12 hilabetez zerbitzua aktibatzen denetik.
NAZIOARTEKOA
Informazio gehiago EEE roamingaren (Europar Batasuna, Gibraltar, Islandia, Liechtenstein eta Norvegia) ezaugarriei buruz tarifa eta pack bakoitzean.
Roaming Plus tarifa lehenetsia:
Datu mugikorren 2 GB 7,44€-an edo 20 dei-minutu 0,83€-an, 24 orduz eskuragarri lehen datuekiko lehen konexiotik edo deiak roamingean Helmugak Plus-en. GB edo minutuak gaindituz gero eta erabiltzen jarraituz gero, tarte berri bakoitzagatik tarifatuko da. Helmugak Plus: Albania, Andorra, Saudi Arabia, Argentina, Bielorrusia, Bosnia, Brasil, Kanada, Txile, Txina (Hong Kong barne), Kolonbia, Hego Korea, Costa Rica, Ekuador, Egipto, El Salvador, Arabiar Emirerri Batuak, Estatu Batuak, Filipinak, Georgia, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Israel, Japonia, Jordania, Kenya, Mazedonia, Maroko, Mexiko, Moldavia, Monako, Montenegro, Nikaragua, Oman, Paraguai, Peru, Puerto Rico, Erresuma Batua, Dominikar Errepublika, Senegal, Serbia, Suitza, Hegoafrika, Turkia, Ukraina eta Vietnam. Beste helmuga batzuetara deitzeko, kontsultatu prezioak www.orange.es webgunean.
Roaming Plus asteko bonua:
20 GB datu, bonua aktibatu ondoren datuekiko lehen konexiotik gehienez 7 eguneko epean erabili beharrekoak. Ez da sartzen ahots-minuturik. Bonuaren GBak kontsumitu ondoren, tarifa lehenetsia aplikatuko da (bonua ez da automatikoki berritzen).
Legal Cupón regalo 10€ revista digital. Enero 2023
Promoción válida del 7 al 30 noviembre de 2022, consistente en un cupón regalo de 10€ para todas aquellas personas que: i) accedan a la revista digital Orange y al ver una creatividad al respecto (un banner), hayan clicado sobre él y se hayan registrado indicando su nombre y apellidos, nº teléfono móvil y correo electrónico ii) se les haya enviado un SMS al móvil indicado como de contacto con un código alfanumérico y iii) se hayan dirigido a cualquier tienda Orange del territorio nacional, para canjear dicho código general generarse un cupón descuento por importe de 10€, que se podrá usar para adquirir cualquier producto compatible con esta promoción, en concreto: smartphones, objetos conectados o accesorios siempre que estén disponibles en el stock de Orange y en dicha tienda en concreto y se adquieran mediante uno de los siguientes actos comerciales: altas, portabilidades, renoves o migraciones, con cualquiera de las tarifas Orange tanto del segmento residencial como empresas (en adelante el cliente). El cliente deberá ir a la tienda Orange a canjear el código por el cupón descuento y adquirir uno de los productos ya indicados como compatibles, antes del 30 de noviembre de 2022, fecha de caducidad de la acción o no podrá canjear su código, ni disfrutar del ya citado descuento.
Orange comprobará que el cliente ha realizado el acto comercial y ha adquirido algún smartphone, objeto conectado o accesorio, antes de canjear el código por el cupón. El código es único por cliente y está limitado a 400 códigos en total. Estos códigos sólo se podrán usar de forma total o parcial en un máximo de 3 compras en tienda (en función del valor de lo adquirido). Promoción aplicable una única vez por cliente, por NIF de contratación. Más información en tu Tienda Orange. Promoción incompatible con la promoción Compramos Tu Móvil.
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Lege-baldintzak
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
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BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
- Los empleados de LA ORGANIZADORA, incluidos los comerciales de las Tiendas Orange contratados directa o indirectamente por LA ORGANIZADORA, incluso cuando actúen con perfiles falsos, secretos o de terceros;
- Los empleados de las empresas asociadas, agencias de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en las Promociones, incluyendo los empleados y oficiales de la Notaría en la que se decidan, en su caso, depositar las presentes Bases;
- Los familiares directos (padres, hermanos e hijos) de las personas incluidas en los puntos 1 y 2;
- Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos 1, 2 y 3;
- Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de las Promociones o hayan perjudicado anteriormente la finalidad y desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA;
- Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio desagradables dirigidos al concurso, a otros Participantes, a LA ORGANIZADORA, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores;
- Aquellas personas que LA ORGANIZADORA haya detectado que participan con un número o e-mail de registro que en anteriores promociones fue utilizado por un participante distinto;
- Aquellos usuarios que se detecte que están utilizando el perfil de terceras personas aunque sea con autorización de éstas o hayan creado un perfil falso; y
- Los Participantes que hubieran sido eliminados de esta o cualquier otra Promoción llevada a cabo por LA ORGANIZADORA, sus sociedades filiales, o cualquiera de sus entidades colaboradoras, sean nacionales o extranjeras.
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
- Se inscriban correctamente a la newsletter de la revista digital de Orange en revista.orange.es. El Participante tendrá que dejarnos sus datos a través del formulario que ponemos a su disposición para poder participar en el sorteo.
- El ganador del premio objeto de la presente promoción se obtendrá de entre todos los participantes que participen en la acción descrita a través de un sorteo ante notario que se realizará en agosto de 2022. En dicho sorteo se extraerán 1 ganador y 3 suplentes de entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes Bases.
- El premio objeto de la presente promoción consiste en: un iPhone SE 5G 64GB, valorado en 529€ aproximadamente.
- El premio se notificará vía correo electrónico, y se mandará por correo al ganador.
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.