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Promoción válida desde el 1 al 31 de Agosto de 2022, consistente en la obtención de un regalo, en concreto un cupón descuento por valor de 10€, para todos aquellas personas sean o no clientes de Orange entreguen este descargable de la Revista Digital de Orange, en una tienda Orange donde podrá canjearlo por accesorios, smartphones y objetos conectados. Estos códigos tendrán una caducidad de 3 meses desde su recepción y sólo se podrán usar en un máximo de 2 compras en tienda (hasta agotar el saldo existente). Promoción aplicable una única vez por cliente (por documento de identidad) y hasta agotar stock máximo disponible de 800 cupones. Promoción incompatible con la promoción Compramos Tu Móvil.
Promoción válida del 7 al 30 noviembre de 2022, consistente en un cupón regalo de 10€ para todas aquellas personas que: i) accedan a la revista digital Orange y al ver una creatividad al respecto (un banner), hayan clicado sobre él y se hayan registrado indicando su nombre y apellidos, nº teléfono móvil y correo electrónico ii) se les haya enviado un SMS al móvil indicado como de contacto con un código alfanumérico y iii) se hayan dirigido a cualquier tienda Orange del territorio nacional, para canjear dicho código general generarse un cupón descuento por importe de 10€, que se podrá usar para adquirir cualquier producto compatible con esta promoción, en concreto: smartphones, objetos conectados o accesorios siempre que estén disponibles en el stock de Orange y en dicha tienda en concreto y se adquieran mediante uno de los siguientes actos comerciales: altas, portabilidades, renoves o migraciones, con cualquiera de las tarifas Orange tanto del segmento residencial como empresas (en adelante el cliente). El cliente deberá ir a la tienda Orange a canjear el código por el cupón descuento y adquirir uno de los productos ya indicados como compatibles, antes del 30 de noviembre de 2022, fecha de caducidad de la acción o no podrá canjear su código, ni disfrutar del ya citado descuento.
Orange comprobará que el cliente ha realizado el acto comercial y ha adquirido algún smartphone, objeto conectado o accesorio, antes de canjear el código por el cupón. El código es único por cliente y está limitado a 400 códigos en total. Estos códigos sólo se podrán usar de forma total o parcial en un máximo de 3 compras en tienda (en función del valor de lo adquirido). Promoción aplicable una única vez por cliente, por NIF de contratación. Más información en tu Tienda Orange. Promoción incompatible con la promoción Compramos Tu Móvil.
Nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte una oferta personalizada.
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte una oferta personalizada. aaa
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
BASES LEGALES DE “iPhone SE 5G 64GB”
PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA.
La entidad mercantil denominada Orange España, S.A. Unipersonal (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con C.I.F. A-82009812 y domicilio fiscal en Paseo del Club Deportivo nº 1 Edificio 8, Parque Empresarial La Finca, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), ha decidido realizar en el ámbito de su objeto social, actividades promocionales de ámbito nacional en los espacios de telefonía móvil que se especifican en las presentes bases (en adelante, la “El concurso”), todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones del concurso así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en esta landing: https://revista.orange.es/
SEGUNDA.- OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.
El objetivo es el de promocionar los productos y servicios de la ORGANIZADORA.
El ámbito territorial del concurso se circunscribe a todo el territorio nacional, en los espacios de canal exclusivo de ORANGE.
El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la participación durará del 4 de julio de 2022 a las 00:00h y concluirá el día 31 de julio de 2022 a las 23:59h.
TERCERA.- COMUNICACIÓN.
El concurso podrá ser comunicado a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios. El ganador se notificará vía correo electrónico.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Sólo podrán participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, residentes en España, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación siguiente (en adelante, los “Participantes”).
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de participantes ni, por tanto, resultar premiados:
En caso de que en el concurso se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en este apartado, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en el plazo de quince (15) días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al Participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudieran derivarse de la devolución.
En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercitar todas las acciones legales que en Derecho le asiste para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.
QUINTA.- MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
Participarán en la siguiente promoción todas aquellas personas que:
SEXTA.- FRAUDE
En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente al presente sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo del sorteo, mediante cualquier procedimiento, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.
SÉPTIMA.- DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES.
LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes y en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.
OCTAVA.- ASPECTOS GENERALES DEL SORTEO.
1) Este concurso no implica en sí mismo un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.
2) El mero hecho de participar en el concurso implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.
En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.
3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de este concurso, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.
4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar este concurso por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.
5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar del concurso a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento del sorteo, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes al concurso, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.
7) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.
8) Ninguno de los premios concedidos en virtud de este sorteo podrá ser canjeado por su valor en efectivo ni por ningún equivalente en productos o servicios.
9) Se exime a la ORGANIZADORA de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute los Premios una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.
NOVENA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento es Orange Espagne, S.A. U. domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Paseo Club Deportivo 1, edificio 8 Parque Empresarial La Finca y CIF A-82009812.
La finalidad principal del tratamiento de los datos personales que el participante facilite será la de realizar el mantenimiento y gestión de las promociones en las que participe el interesado, gestionar las comunicaciones con participantes y premiados, gestionar la entrega de premios y cualquier otra incidencia relacionada con la comunidad y las promociones. Orange Espagne advierte de que en determinadas promociones se podrá solicitar a los participantes, a través de la Aplicación o cualquier otro dispositivo al efecto, datos de geoposicionamiento, es decir, datos sobre la posición concreta del participante en el momento de aceptar compartir su ubicación geográfica. Estos datos solo serán usados para indicar al participante la tienda más cercana de Orange con respecto a su posición en el momento en el que comparta su ubicación y en ningún caso para otras finalidades.
Otras finalidades: Orange Espagne podrá remitirle, por cualquier medio, información comercial de todos sus productos y servicios, ya sean actuales o futuros, que puedan resultar de su interés, así como ceder sus datos a otras empresas de su Grupo con esta misma finalidad.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el participante al darse de alta aceptando expresamente las condiciones generales y/o marcando las casillas correspondientes. Los datos se conservarán mientras se mantenga le relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación. El envío de información comercial, así como la cesión de sus datos a otras empresas del Grupo Orange (puede consultar en www.orange.com) con la misma finalidad comercial, se basa en el consentimiento que el interesado otorga con la marcación de las correspondientes casillas, sin que en ningún caso la oposición o retirada de este consentimiento condicione la finalidad principal.
Orange Espagne informa a todos los interesados de que, en cualquier momento, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección: Paseo del Club Deportivo, 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 9, 28223 - Pozuelo de Alarcón (Madrid), indicando la referencia “Protección de Datos” y acompañado de fotocopia legible de su DNI o documento equivalente que lo identifique. Asimismo, tienen derecho a retirar el consentimiento prestado y a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.agpd.es).
Orange Espagne se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas legalmente previstas y necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología aplicable.
DÉCIMA.- FISCALIDAD.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 28 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la organizadora la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
El premio que se entregue en el marco del presente concurso tendrá la consideración de ganancia patrimonial no generada por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva del premio del valor del mismo así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante premiado.
Corresponderá a LA ORGANIZADORA, en caso de ser legalmente exigible, la realización del correspondiente ingreso a cuenta, que no será repercutido al premiado, en el caso de que así se establezca legalmente. Tampoco serán repercutidos a los agraciados cualesquiera de los costes o tributos indirectos a los que el premio quedara sujeto.
Sin perjuicio de lo anterior, la organizadora no se responsabilizará de los impuestos que puedan surgir en la declaración del Impuesto sobre la renta del agraciado en el Ejercicio correspondiente, al incorporar en la base imponible general de su IRPF las rentas imputables con motivo del premio, de acuerdo con las reglas de valoración del tributo.
El no disfrute del premio, por parte de los Participantes o Ganadores que lo hubiesen aceptado previamente, no les eximirá de las obligaciones fiscales descritas.
DECIMOPRIMERA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el presente concurso, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del concurso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
Nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte una oferta personalizada.
BASES DEL SORTEO
Motorola Razr 50 G
Julio - Agosto 2024
Orange Espagne, S.A.U., sociedad mercantil con domicilio en el Paseo del Club Deportivo 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 8, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), y con CIF número A82009812 (“Orange”), organiza un sorteo de Motorola Razr 50 5G con la finalidad de dar a conocer su newsletter de revista.orange.es (en adelante, el “Sorteo”).
El ámbito geográfico del Sorteo se circunscribe al territorio nacional español, incluyendo Península, Baleares y Canarias (el “Territorio”).
El ámbito temporal (“Vigencia”) de la acción para participar en el Sorteo comenzará a las 00:00h del día 1 de julio de 2024 y concluirá a las 00:00h del día 3 de agosto de 2024.
Pueden participar en el Sorteo todos los participantes que se suscriban a la newsletter de revista.orange.es y rellenen los datos del formulario (“Participantes”), y acepten además las bases legales del Sorteo, incluyendo el tratamiento de sus datos en la forma aquí detallada.
Es requisito para participar que el Participante acepte el criterio de Orange para la resolución de cualesquiera cuestiones que se planteen en relación con el Sorteo. En ningún caso se tramitarán reclamaciones pasados quince (15) días naturales desde la fecha de la elección del ganador.
Quedan excluidos del presente Sorteo:
De entre todos los Participantes que se registren en la acción para participar en el Sorteo durante la Vigencia, se generará un fichero informatizado y se obtendrá un (1) ganador y cinco (5) reservas a través de un sorteo ante la Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, Doña Ana López-Monís Gallego que tendrá lugar durante los siete días siguientes a la finalización de la Vigencia.
Una vez concluido el sorteo ante notario, Orange realizará las verificaciones oportunas para confirmar si los seleccionados reúnen o no las condiciones para ser Participantes y no hay causa de exclusión, pudiendo eliminar a todos aquellos Participantes que interprete sean falsos o de procedencia dudosa, pasando a la lista de reservas y realizando la misma operativa.
Al ganador se le comunicará este hecho dentro de los dos (2) días siguientes a la celebración del mismo. Si Orange no lograse contactar con uno o varios ganadores, ni por vía telefónica ni por e-mail, se considerará que ha renunciado al premio y se pasará a la reserva que le corresponda, realizando la misma mecánica para contactarle. Si también fuera imposible su localización en el tiempo establecido de dos (2) días y bajo la mecánica descrita, el premio quedará desierto, reservándose Orange la potestad de gestionar dicho premio como mejor le parezca y sin que pueda haber reclamaciones en dicho sentido.
El premio es un (1) móvil Motorola Razr 50 5G estando valorado en aproximadamente 899€.
Fiscalidad del premio
La fiscalidad de los premios se ajustará a las normas que le sean de aplicación. Orange se hará cargo de las cantidades que por imperativo legal debieran ingresarse a cuenta por este concepto.
En virtud de lo anterior y conforme a la normativa vigente se informa a todos los interesados que deben someterse a retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F) o del Impuesto sobre Sociedades, si el ganador resulta ser una persona jurídica, todos los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias cuya base de retención exceda de 300 euros y tendrán la consideración de ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. Se aplicará el 19% de retención sobre la base imponible y esta se determinará incrementando en un 20 por ciento el valor de adquisición o coste para el pagador del bien entregado (valor fiscal del premio a declarar: 75€+20%=90€ aproximadamente).
La aceptación del premio por parte del ganador habilita a Orange a realizar la referida retención o ingreso a cuenta en nombre del premiado y comunicará a la Administración Tributaria competente el importe del premio, el DNI y el nombre de la persona que recibe el premio.
Cada ganador deberá aceptar el premio en primer lugar mediante comunicación verbal, y una vez recibido el premio físicamente, deberán firmar una carta de aceptación del premio que les será remitida por Orange. Si el premio es rechazado por cualquiera de los ganadores, deberá comunicarlo a Orange primero verbalmente y luego mediante comunicación escrita enviada en el plazo de cinco días naturales desde que se la haya comunicado dicha circunstancia.
Orange comunicará a cada ganador cómo proceder para obtener su premio (que salvo que Orange determine otra cosa será mediante envío por mensajero al domicilio que indique). En caso de ser necesario probar la identidad del ganador ésta únicamente se podrá probar mediante documentos oficiales vigentes.
Además, el ganador autoriza a que:
IMPORTANTE
Orange se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del presente Sorteo, incluso su posible anulación antes de la fecha de cierre del mismo, siempre que hubiera causa justificada, comprometiéndose a comunicar con al menos 5 días de antelación las nuevas bases, condiciones, o en su caso, la anulación definitiva en la misma forma y medio que estas Bases. Todos los Participantes en el Sorteo, por el mero hecho de la participación, aceptan las bases aquí recogidas, las normas que rigen su participación y los términos, condiciones y la política de privacidad y protección de datos expuestos.
Orange no se responsabiliza y excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza. En ningún caso Orange será responsable de los productos o servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore, preste a los agraciados como consecuencia de los premios entregados.
Informamos a los Participantes que sus datos serán tratados por ORANGE ESPAGNE S.A.U, con CIF A-82009812 y domicilio en Paseo Club Deportivo 1, Parque Empresarial La Finca, Edificio 8, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), como Organizador y, por lo tanto, como responsable de los mismos.
Los datos facilitados por los Participantes con motivo de la participación en esta Promoción serán tratados para las finalidades previstas en las presentes bases, gestionar su participación en el sorteo, y en el caso de quien resulte ganador, la publicación de esa circunstancia en RRSS u otros medios de comunicación, si así se hubiera estipulado.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para la realización de las finalidades para las que fueron recogidos, y una vez finalizados éstos, durante el plazo de prescripción de las eventuales responsabilidades.
La base para el tratamiento de los datos es el consentimiento del interesado que se solicita mediante la aceptación de las presentes bases, y que el Participante podrá revocar en cualquier momento, si bien, en caso de retirar su consentimiento, ello no afectará a la licitud de los tratamientos efectuados con anterioridad.
El Participante garantiza que los datos aportados, en su caso, son verdaderos, exactos, completos y actualizados, siendo responsable de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionarse como consecuencia del incumplimiento de tal obligación.
El Participante podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad o limitación del tratamiento, enviando un escrito al domicilio social de Orange con referencia “Protección de Datos”, adjuntando fotocopia de documento válido de identidad, o bien mediante correo electrónico a la dirección oficinadpo.orange@es.orange.com.
Orange se compromete a tratar en todo momento sus datos de carácter personal de forma absolutamente confidencial y de acuerdo con las finalidades previstas en la presente cláusula y adoptará las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de sus datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos.
Este sorteo se regirá por sus propias bases y en cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación de las mismas, tanto Orange como los Participantes de este sorteo se comprometen a aceptarlas y se someterán a lo dispuesto en la normativa española aplicable al momento en que se realiza.